Software de facturación para abogados autónomos

Introducción

La factura de un abogado tiene más letra pequeña que la de casi cualquier otro autónomo: suplidos que no llevan IVA, provisiones de fondos que hay que facturar (o no) según su destino, retenciones que dependen del cliente y clientes extranjeros con reglas propias. Un error en cualquiera de ellas puede costarte una regularización de Hacienda o una discusión con el cliente.

A eso se suma VeriFactu, que obligará a facturar con un programa adaptado (la norma publicada dice julio de 2027 para autónomos; Hacienda anunció en octubre de 2026 su aplazamiento a octubre de 2028, pendiente del BOE). Las minutas en Word tienen los días contados.

En esta guía te explicamos qué debe resolver tu programa y comparamos programas de facturación genéricos con software de gestión de despachos.

Respuesta rápida

Tu situaciónQué te convieneCoste orientativo (sin IVA)
Abogado individual, pocos asuntos a la vezPrograma genérico con suplidos y retención (Quipu, Holded, Contasimple)11–29 €/mes
Abogado con muchos expedientes y control de horasSoftware de gestión de despachos con facturación VeriFactuDesde unos 30–60 €/mes por usuario
Despacho de 3 o más abogadosSoftware de despacho con expedientes, agenda procesal y facturación por asuntoSegún usuarios
Abogado que factura sobre todo a empresas extranjerasPrograma genérico que gestione inversión del sujeto pasivo11–29 €/mes

Lo que tiene de especial la factura de un abogado

1. IVA del 21 % en los honorarios

Los servicios jurídicos tributan al tipo general del 21 %. No hay exención para la abogacía privada, a diferencia de los servicios sanitarios.

2. Suplidos: fuera de la base imponible

Los suplidos son los gastos que pagas en nombre y por cuenta del cliente: tasas judiciales, aranceles de notario o registro, honorarios del procurador facturados al cliente, certificaciones. No forman parte de tu base imponible, así que no llevan IVA ni retención (artículo 78.Tres.3.º de la Ley del IVA, según Iberley).

Para que Hacienda los acepte como suplidos, el justificante debe estar a nombre del cliente y debes poder acreditar el pago. En la factura, ponlos en una línea aparte, por debajo del total con IVA.

3. Provisión de fondos: depende de para qué sea

Tipo de provisiónIVARetención¿Factura?
Para pagar suplidos del clienteNoNoNo; basta un recibo y un registro de provisiones
Anticipo de tus honorariosSí, 21 % al cobrarlaSí, si el cliente es empresa o profesionalSí, factura de anticipo

Si la provisión es un anticipo de honorarios, el IVA se devenga al cobrarla y debes emitir factura en ese momento (consulta vinculante V5201-16 de la DGT, citada por Iberley). Ojo: Hacienda presume que toda provisión es honorario salvo que demuestres lo contrario con un registro de provisiones y suplidos. Tu programa debe permitir facturas de anticipo y descontarlas en la factura final.

4. Retención de IRPF

  • Cliente particular: sin retención.
  • Cliente empresa o profesional: retención del 15 % (7 % en el año de alta y los dos siguientes).

Si más del 70 % de tus ingresos llevan retención, no estás obligado a presentar el modelo 130.

5. Turno de oficio

Desde el 1 de enero de 2017, los servicios prestados a beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita no están sujetos al IVA (artículo 7.10.º de la Ley del IVA, según SuperContable). Cuidado: algunas guías en internet siguen diciendo que llevan IVA. Configura una serie o un tipo de factura específico para el turno de oficio y consulta con tu colegio cómo documentar y retener esos cobros.

6. Clientes extranjeros

  • Empresa de otro país de la UE con NIF-IVA válido: factura sin IVA español, con la mención «Inversión del sujeto pasivo»; declaras la operación en el modelo 349.
  • Empresa de fuera de la UE: en general, sin IVA español por reglas de localización.
  • Particular extranjero: las reglas varían; consulta con tu asesor.

7. Confidencialidad

El secreto profesional obliga a proteger los datos de tus clientes y asuntos. Si tu programa guarda expedientes o documentos, exige servidores en la UE, cifrado y contrato de encargado del tratamiento. En la factura, describe el servicio de forma genérica cuando el detalle pueda revelar información sensible.

8. VeriFactu

Tu programa debe estar adaptado a VeriFactu (o TicketBAI en el País Vasco). Las minutas en Word dejarán de servir como facturas cuando la obligación entre en vigor.

Opciones: programa genérico o software de despacho

Programas de facturación genéricos

Sirven a la mayoría de abogados individuales si permiten tres cosas: líneas de suplidos sin IVA ni retención, facturas de anticipo que se descuentan en la factura final y series separadas (por ejemplo, para el turno de oficio).

ProgramaPrecio desde (sin IVA)SuplidosAnticiposRetención por clienteModelos fiscalesVeriFactu
Contasimple Profesional10,95 €/mes (anual), 500 documentos al añoSíSíSíSí (303, 130, 349…)Sí
Quipu Starter14 €/mes (anual), facturas ilimitadasSíSíSíSí (303, 130, 111, 390, 347…)Sí
Billin Pro14 €/mes (anual), hasta 50 clientesSíSíSíNoSí, y TicketBAI
Holded Básico29 €/mes, 1.000 facturas al añoSíSíSíSíSí

Precios de las páginas oficiales revisadas en octubre de 2026 (ver nuestras comparativas de Quipu, Billin, Holded y Contasimple). Comprueba en la prueba gratuita cómo gestiona cada uno los suplidos: la forma más limpia es una línea «suplido» con IVA 0 % y sin retención, que el programa sume fuera de la base imponible.

Lo que no hacen: gestionar expedientes, plazos procesales, LexNET ni control de horas por asunto.

Software de gestión de despachos

Integran expedientes, agenda y plazos procesales, notificaciones de LexNET, control de horas, gestión documental y facturación jurídica (provisiones, suplidos, minutas, igualas) con VeriFactu.

SoftwareFabricantePrecio orientativoPara quién
KleosWolters KluwerDesde unos 49 €/usuario/mesDespachos de todos los tamaños que quieren nube y Microsoft 365
LexonLefebvrePresupuesto a medidaDespachos medianos y grandes; facturación jurídica muy completa
Aranzadi FusiónAranzadi LA LEYPresupuesto a medidaDespachos que usan la base documental de Aranzadi
MN ProgramMN ProgramPrecio publicado; versión lite gratuitaAutónomos y despachos pequeños que quieren LexNET integrado

Fuentes: CodigoNext (precio de Kleos), Lexty (Aranzadi Fusión, MN Program y Lexon) y LexFlow (rangos del mercado: suites completas de 60–120 €/usuario/mes y soluciones para despachos pequeños de 19–65 €/usuario/mes). Casi todas estas comparativas las publican fabricantes competidores: pide siempre presupuesto y prueba.

Cuánto cuesta de verdad: para un abogado individual, una suite completa puede suponer 600–1.400 € al año, frente a 130–350 € de un programa genérico. Compensa si gestionas muchos procedimientos judiciales y te ahorra horas de control de plazos y LexNET; no compensa si tu trabajo es sobre todo asesoramiento con pocas actuaciones procesales.

Cómo elegir según tu despacho

Abogado asesor (mercantil, laboral, fiscal) con pocos juicios

Un programa genérico es suficiente. Quipu si quieres controlar tus impuestos con facturas ilimitadas; Contasimple si buscas el menor precio y facturas poco. Usa una herramienta aparte, sencilla, para expedientes y plazos.

Abogado procesalista con muchos procedimientos

Los plazos y LexNET son tu riesgo principal. Un software de despacho (Kleos, MN Program u otro con LexNET integrado) compensa su coste si evita un solo plazo perdido. Comprueba que su facturación gestione bien provisiones, suplidos y VeriFactu.

Abogado que trabaja con igualas mensuales

Necesitas facturas recurrentes automáticas. Quipu, Holded Básico y Billin las incluyen; revisa los límites de cada plan.

Abogado con clientes internacionales

Prioriza un programa que gestione la inversión del sujeto pasivo, compruebe el NIF-IVA comunitario y prepare el modelo 349. Quipu y Holded lo resuelven bien.

Despacho de 3 o más abogados

Un software de despacho con usuarios, permisos, control de horas por asunto e informes de rentabilidad. Pide presupuesto a dos o tres fabricantes con tu número real de usuarios y módulos.

Checklist antes de contratar

  • ¿Permite líneas de suplidos sin IVA ni retención, fuera de la base imponible?
  • ¿Emite facturas de anticipo y las descuenta en la factura final?
  • ¿Lleva un registro de provisiones de fondos para suplidos?
  • ¿Permite una serie separada para el turno de oficio, sin IVA?
  • ¿Aplica la retención solo a empresas y profesionales?
  • ¿Gestiona la inversión del sujeto pasivo para clientes de la UE?
  • ¿Tiene declaración responsable VeriFactu (o TicketBAI en el País Vasco)?
  • Si guarda expedientes: ¿servidores en la UE, cifrado y contrato de encargado del tratamiento?

Preguntas frecuentes

¿Los suplidos llevan IVA en la factura de un abogado?

No. Los gastos pagados en nombre y por cuenta del cliente (tasas, notario, registro, procurador) no forman parte de la base imponible, siempre que estén documentados a nombre del cliente.

¿Hay que hacer factura por la provisión de fondos?

Si es un anticipo de honorarios, sí: lleva IVA y, si el cliente es empresa o profesional, retención. Si es solo para pagar suplidos del cliente, no; basta un recibo y llevar un registro de provisiones.

¿El turno de oficio lleva IVA?

No. Desde 2017, los servicios de asistencia jurídica gratuita no están sujetos al IVA (artículo 7.10.º de la Ley del IVA).

¿Qué retención lleva la factura de un abogado?

El 15 % si el cliente es una empresa o un profesional (7 % en el año de alta y los dos siguientes). A particulares, ninguna.

¿Puedo seguir haciendo minutas en Word?

No cuando VeriFactu sea obligatorio: la norma publicada fija el 1 de julio de 2027 para autónomos, y Hacienda anunció en octubre de 2026 su aplazamiento a octubre de 2028, pendiente del BOE. Desde esa fecha, las facturas deben salir de un programa adaptado.

¿Cuál es el mejor programa de facturación para un abogado autónomo?

Para un abogado asesor, Quipu o Contasimple. Para un procesalista con muchos procedimientos, un software de despacho con LexNET integrado, como Kleos o MN Program.

¿Cómo facturo a un cliente de otro país de la UE?

Si es una empresa con NIF-IVA válido, sin IVA español y con la mención «Inversión del sujeto pasivo», declarando la operación en el modelo 349.

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