Modalidad VeriFactu vs no VeriFactu: diferencias y cuál elegir

Respuesta corta

El reglamento de VeriFactu permite cumplir de dos formas:

  • Modalidad VERI*FACTU (sistemas de emisión de facturas verificables): tu programa envía a la Agencia Tributaria, de forma automática e inmediata, el registro de cada factura que emites.
  • Modalidad no VERI*FACTU (sistemas de emisión de facturas no verificables): tu programa no envía nada, pero debe guardar los registros con medidas de seguridad adicionales (firma electrónica, registro de eventos) y entregarlos a Hacienda si te los pide.

Para la mayoría de autónomos y pymes, VERI*FACTU es la opción más sencilla: la propia Agencia Tributaria explica que te libera de conservar y custodiar los registros durante años, evita requerimientos para entregarlos y tiene menos requisitos técnicos. La modalidad no VERI*FACTU tiene sentido sobre todo para empresas que prefieren no enviar sus datos de facturación en tiempo real.

Qué es cada modalidad

Las dos modalidades están reguladas en los artículos 15 y 16 del Real Decreto 1007/2023, y la Agencia Tributaria las explica en sus preguntas frecuentes sobre sistemas VERI*FACTU (actualizadas a 21 de julio de 2026).

Modalidad VERI*FACTU: envío automático

El programa remite a la AEAT, por internet y de forma continuada e inmediata, el registro de facturación de cada factura que expides (incluidas las facturas simplificadas). Según la AEAT, esa remisión hace innecesarias otras medidas de seguridad más complejas y exime al usuario de la responsabilidad de conservar y custodiar los registros.

  • En la factura: código QR y la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».
  • Tu cliente puede escanear el QR y comprobar que la factura está registrada en Hacienda.
  • Si se cae internet o la sede de la AEAT, no tienes que dejar de facturar: el programa reintenta el envío hasta que se restablece el servicio.

Modalidad no VERI*FACTU: conservación segura

El programa no envía los registros, sino que los almacena garantizando su integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad durante todo el plazo de prescripción fiscal. Para ello debe incorporar medidas adicionales que la AEAT enumera:

  • Registro de eventos (anotaciones de lo que ocurre en el sistema).
  • Firma electrónica de los registros de facturación y de evento.
  • Posibilidad de exportar los registros y comprobar su huella, firma y encadenamiento.
  • Gestión de alarmas.
  • Un reloj exacto, con un margen de error de un minuto.

En la factura aparece igualmente el código QR, pero no la frase «VERI*FACTU». Si Hacienda te requiere los registros, tendrás que entregárselos.

Comparativa punto por punto

VERI*FACTUNo VERI*FACTU
Envío de registros a la AEATSí, automático e inmediatoNo, salvo requerimiento
Conservación de los registros durante añosNo te correspondeTe corresponde, durante todo el plazo de prescripción
Firma electrónica de los registrosNo es obligatoriaObligatoria
Registro de eventosNoObligatorio
Reloj exacto (margen de un minuto)No es obligatorioObligatorio
Código QR en la facturaSíSí
Frase «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT»SíNo
Requerimientos de Hacienda para entregar registrosNo (ya los tiene)Posibles
Ayuda de la AEAT con libros registro y autoliquidacionesPrevistaNo

Fuente: preguntas frecuentes de la AEAT sobre sistemas VERI*FACTU.

Lo que no cambia con ninguna de las dos

Elegir VERI*FACTU no te libra de llevar el libro registro de facturas emitidas ni de presentar las declaraciones informativas (como los modelos 347 o 349). Son obligaciones distintas, aunque la AEAT prevé ofrecer ayuda para confeccionarlas a partir de los registros enviados.

Cómo se elige y cómo se cambia de modalidad

  • No hay que comunicar nada en el modelo 036. La opción por VERI*FACTU se entiende hecha cuando tu programa empieza a enviar los registros de forma sistemática.
  • Puedes pasar a VERI*FACTU en cualquier momento del año.
  • Una vez dentro, debes permanecer al menos hasta el 31 de diciembre del año en que se produjo el primer envío efectivo.
  • Para volver a no VERI*FACTU, el programa debe comunicarlo antes de que termine el año en que quieres que sea efectiva la renuncia; la salida, por tanto, se hace con efecto al cambio de año.
  • Puedes tener varios programas en modalidades distintas (por ejemplo, un TPV en VERI*FACTU y otro programa en no VERI*FACTU), pero cada programa debe funcionar siempre en la misma modalidad, sin intercalar operaciones.

¿Tu programa te deja elegir?

No necesariamente. La AEAT permite a los fabricantes ofrecer programas solo VERI*FACTU o programas «duales» que permiten elegir. Lo que no se admite son programas que solo funcionen en modalidad no VERI*FACTU, porque todos deben tener capacidad de envío. Muchos programas para autónomos y pymes funcionan únicamente en VERI*FACTU.

Cuál elegir según tu caso

Tu casoModalidad recomendablePor qué
Autónomo o pyme sin departamento de informáticaVERI*FACTUMenos requisitos, sin custodia de registros, sin requerimientos para entregarlos
Usas un programa en la nube (Quipu, Holded, Billin…)La que ofrezca tu programa (normalmente VERI*FACTU)El fabricante gestiona el envío por ti
Comercio u hostelería con TPVVERI*FACTU, si tu conexión a internet es estableEl envío debe ser inmediato, también en los tickets; si se cae internet, el TPV reintenta después
Empresa que prefiere no enviar datos de facturación en tiempo realNo VERI*FACTUConservas tú los registros, con firma, registro de eventos y reloj exacto
Empresa con varios centros y sistemas distintosPuede combinarCada sistema puede estar en una modalidad, sin mezclar dentro del mismo

Una consideración práctica: con VERI*FACTU, tus clientes pueden comprobar con el QR que tu factura está registrada en Hacienda. La AEAT sugiere que puede presentarse como un distintivo de cumplimiento fiscal.

Un aviso: VERI*FACTU implica que Hacienda recibe cada factura en el momento de emitirla. Si eso te genera dudas, la modalidad no VERI*FACTU es igual de legal, pero exige un programa que la permita y asumir la custodia de los registros.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre VERI*FACTU y no VERI*FACTU?

En VERI*FACTU tu programa envía a Hacienda el registro de cada factura en el momento de emitirla. En no VERI*FACTU no lo envía, pero debe conservarlo firmado, con registro de eventos y reloj exacto, y entregarlo si Hacienda lo requiere.

¿Cuál es mejor para un autónomo?

Para la mayoría, VERI*FACTU: tiene menos requisitos técnicos, te libera de custodiar los registros y evita requerimientos para entregarlos.

¿Tengo que comunicar a Hacienda qué modalidad uso?

No. No hay que presentar el modelo 036: la opción por VERI*FACTU se entiende hecha cuando tu programa empieza a enviar registros.

¿Puedo cambiar de modalidad cuando quiera?

Puedes pasar a VERI*FACTU en cualquier momento, pero una vez dentro debes seguir hasta el 31 de diciembre del año del primer envío. Para salir, el programa debe comunicar la renuncia antes de que termine el año en que quieras que sea efectiva.

¿Las facturas llevan código QR en las dos modalidades?

Sí. La diferencia es que en VERI*FACTU también incluyen la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».

¿Qué pasa si se cae internet con VERI*FACTU?

Sigues facturando con normalidad y el programa reintenta el envío hasta que se restablece la conexión o el servicio de la AEAT.

¿VERI*FACTU sustituye al libro registro de facturas?

No. Debes seguir llevando el libro registro de facturas emitidas y presentando las declaraciones informativas que te correspondan, aunque la AEAT prevé ayudas para confeccionarlas.

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